
Funciones
- Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas.
- Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de hacer prevalecer su interés superior.
- Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello podrá efectuar conciliaciones entre cónyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, alimentos, colocación familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales abiertos sobre estas materias.
- Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones.
- Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
- Brindar orientación a la familia para prevenir situaciones críticas.
- Presentar denuncias ante las autoridades competentes por falta y delitos en agravio de los niños y adolescentes e intervenir en su defensa.
- Al entrar en vigencia Ley de Conciliación cumple función de instancia pre judicial y sus Actas tendrán título de ejecución.
¿qué Servicios Ofrecemos?
1.-Conciliaciones Extrajudiciales en:
- Alimentos
- Tenencia
- Régimen de visita
2.-Actas de compromiso en :
- Reconocimiento paterno y materno
- Reconocimiento de embarazo.
- Normas de comportamiento.
3.-Acciones administrativas:
- Inscripción administrativa de partida de nacimiento
- Matricula oportuna
- Atención médica oportuna
4.-Orientación y derivación de casos de :
- Violencia familiar.
- Maltrato infantil.
- Abuso sexual y otros.

Labor de La Demuna
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Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de alimentos, régimen de visitas, maltrato, violencia familiar, reconocimiento voluntario de filiación, y, en general situaciones que afecten los derechos de los niños y adolescentes.
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Realiza difusión y capacitación sobre Derechos del Niño.
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Impulsa actividades preventivas y de movilización social por los Derechos del Niño.
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Coordina permanentemente con instituciones y organizaciones locales para atender los problemas de los niños, adolescentes y familia.
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Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes.
¿Quiénes pueden pedir la intervención de la DEMUNA?
- Los propios niños, niñas y adolescentes.
- La madre, el padre o cualquier otro familiar.
- Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño y adolescente.